Los suplementos de la figura 2.20 valen si se levantan o acarrean pesos en posturas cómodas pero deben aumentarse si hay que agacharse o doblarse (postura anormal).
Las cifras de la figura muestran que, a partir de cierta carga, es más económico, y no sólo más humano, recurrir a la fuerza mecánica. La conferencia general de la Organización Internacional del Trabajo, adoptó en Junio de 1967, en su 55a, reunión, el convenio sobre el peso máximo admisible y una recomendación que dispone lo siguiente:
"Cuando el peso máximo de la carga que puede ser transportada manualmente por un trabajador adulto de sexo masculino sea superior a 55 kilogramos, deberían adoptarse medidas lo más rápidamente posible para reducción a ese nivel"
Si se trasladan a un gráfico (figura 2.21) las cifras de la figura 2.20 se obtiene la siguiente curva donde se verá que, una vez pasados los 30kg de carga, el suplemento adicional por fatiga aumenta rápidamente y llega casi a 58% para un peso de 50kg.
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sábado, 31 de mayo de 2014
C. Levantamiento de pesos o uso de fuerza
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