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martes, 31 de diciembre de 2013

Número de comisiones requeridas

No siempre se tiene una sola comisión, existen características que se deben tener en cuenta par determinar el número de representantes de cada comisión como son turnos que trabajan. Número de trabajadores que tienen la planta y la cantidad de divisiones, plantas o unidades, de que se componga la empresa. El medio ambiente en el cual se encuentra la planta. El grado de peligrosidad de las máquinas y de los procesos.

lunes, 30 de diciembre de 2013

Comisiones Mixtas de Seguridad e higiene

Estas comisiones son legalmente obligatorias y deben estar formadas por igual número de representantes del patrón como de los trabajadores.


Sus funciones principales son la investigación de las causas de accidentes enfermedades del trabajo.

Promover la adopción de medidas preventivas necesarias y vigilar que cumplan las disposiciones que, sobre seguridad e higiene, se hayan dictado en el reglamento interno de trabajo.

Poner en conocimiento de las autoridades competentes las violaciones a estas disposiciones y realizar cuando menos una inspección al mes para comprobar que las condiciones de seguridad e higiene prevalezcan en los centros de trabajo.

Celebrar cuando menos una vez al mes, juntas con el fin de dictar las medidas necesarias para corregir las condiciones inseguras e insalubres que se ha detectado en las inspecciones.

Recopilar información técnica de expertos sobre medidas preventivas de accidentes.

Organizar cursos para los trabajadores, de prevención de accidentes utilización de equipos de seguridad y primeros auxilios y hacer publicidad de los accidentes ocurridos, sus causas y hacer hincapié en las medidas de seguridad que podrían haberlos evitado.

domingo, 29 de diciembre de 2013

Reglamentos especiales sobre seguridad


  • Reglamento  general de seguridad e higiene en el trabajo
  • Reglamento de higiene del trabajo
  • Reglamento de medidas preventivas de accidentes de trabajo.
  • Reglamento de labores peligrosas o insalubres para mujeres menores.
  • Reglamento de seguridad en los trabajos en minas.
  • Ley del Seguro Social y Disposiciones complementarias.
  • Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
  • Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

sábado, 28 de diciembre de 2013

Fundamento legal sobre seguridad e higiene en el trabajo

Con la Constitución de 1917 nació en México el derecho del trabajo, cuyas disposiciones están contenidas en los artículos 40, 5o, y 123; en el año de 1918 se presentan dos importantes proyectos conteniendo un amplio relato sobre riesgos profesionales.

El 18 de agosto de 1931 fue promulgada la primera Ley federal del trabajo, la que en su título VI trata de riesgos profesionales así como las prestaciones a que tienen derecho los trabajadores que los sufren y sus familias.

Posteriormente, se promulgaron diversos reglamentos que completan la legislación, entre otros, el de medidas preventiva de accidentes de trabajo, el de minas y seguridad en los trabajos de mina, el reglamento de inspección de generadores de vapor y recipientes sujetos a presión y el de higiene en el trabajo.

La Ley federal del trabajo de 1931 fue abrogada por una nueva ley que entró en vigor el 1o de Mayo de 1970. Esta ley supera a la anterior en el capítulo de riesgos del trabajo y a la que en el año 1978 se le incorporó una reforma muy importante basada en la fracción XIII del artículo 123 constitucional, que se refiere al derecho que tienen los trabajadores a recibir por parte de sus patrones capacitación o adiestramiento en materia de seguridad e higiene, a fin de prevenir los riesgos de trabajo, para lo cual la autoridades federales contarán con el auxilio de entidades estatales cuando se trate de actividades de juridicción local según lo establece la fracción XXXI del apartado A del citado Artículo.

viernes, 27 de diciembre de 2013

Legislación Seguridad e higiene industrial

La protección de la fuerza de trabajo en nuestro país está debidamente reglamentada en el articulo 123 de la Constitución y en distintos reglamentos, obligando tanto a empresarios como a trabajadores a colaborar por la seguridad.

Es muy conveniente conocer lo que dicen las leyes sobre seguridad industrial. Aquí sólo se mencionará el número de los artículos de la Constitución y los de la ley del trabajo que hablan de la seguridad, así como el nombre de reglamentos especiales.

jueves, 26 de diciembre de 2013

Definición Seguridad e higiene industrial

Seguridad Industrial es la aplicación de técnicas para la reducción, control y eliminación de los accidentes y enfermedades de trabajo.

La importancia de la seguridad industrial radica en que logra evitar el dolor físico y temor de sufrir accidentes, se reduce al saber prevenirlos. Sin percances lamentables, prácticamente no existe el remordimiento por no ser igualmente útil después del accidente o la disminución de la capacidad para realizar trabajos.

Los daños causados a la familia del accidentado, son la reducción del ingreso familiar, la inestabilidad emocional y las limitaciones en cuanto a la alimentación, vestido, vivienda, etc.

Por otra parte, los daños causados a las empresas son la disminución de la moral del grupo donde suceden los accidentes, así como de la cantidad y la calidad de producción. Pérdidas en materiales, maquinarias y equipos en lugar donde ocurren los accidentes y pérdidas económicas por pago de indemnizaciones y pagos mayores al seguro social, a causa de una frecuente alta de percances.

Finalmente entre los daños causados al país se cuentan la disminución de la fuerza de trabajo con que dispone la nación para su desarrollo y la manutención de multitud de inválidos causados por los accidentes, gasto que asciende a miles de millones de pesos.

miércoles, 25 de diciembre de 2013

Introduccion Seguridad e higiene industrial

Es indispensable hacer notar la importancia que tiene la relación entre el estudio del trabajo, seguridad e higiene industrial, tomando en cuenta la higiene del lugar de trabajo y la seguridad del trabajador.